16 Dic Violencia simbólica contra las mujeres en publicidad e instituciones del Estado
En los meses de agosto y septiembre de 2020, se han identificado diversas expresiones de violencia simbólica contra las mujeres, en medios de comunicación salvadoreños, redes sociales e instituciones del Estado.
Entre estos, circularon mensajes publicitarios sexistas, donde impera la cosificación de las mujeres y la explotación de su imagen, lo cual da lugar a interpretarse erróneamente que, al igual que la cerveza, las mujeres están a disposición del consumo masculino.
Otro hecho reciente corresponde al sorteo 198 de la Lotería Nacional de Beneficencia, transmitido a través de sus redes sociales (1) , lo cual constituye una práctica de cosificación de las mujeres en los procesos comunicacionales y publicitarios en las instituciones del Estado, al utilizar a “edecanes” como elemento “decorativo”, que reiteran roles estereotipados discriminatorios y de subordinación.
Por ser precisamente, una institución estatal, esta práctica transciende el aspecto comunicacional y más grave aún, contraviene los esfuerzos gubernamentales de promover la igualdad en el empleo de las mujeres, ya que reproduce los estereotipos de género y roles sexistas, al explotar la apariencia física de las mujeres para brindar oportunidades laborales, independientemente que se trate de contratación directa o indirecta por parte de la institución organizadora del sorteo.
La Violencia Simbólica, según la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia contra las Mujeres (LEIV), es aquella que se expresa por medio de mensajes, valores, iconos o signos que transmiten y reproducen relaciones de dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales que se establecen entre las personas y naturalizan la subordinación de la mujer en la sociedad.
De igual forma, la Ley de Igualdad, Equidad y Erradicación de la Discriminación contra las Mujeres, regula la no utilización sexista del lenguaje y de las imágenes, especialmente en el ámbito de la publicidad, así como la utilización no violenta y discriminativa del lenguaje y de las imágenes, especialmente en el ámbito de los programas de radio, televisión, espectáculos públicos, publicaciones, videos, grabaciones y todo tipo de audiovisual, y en todos los formatos, relativos a los medios de comunicación social referidos.
Por ello, es oportuno reiterar a las instituciones del Estado, principalmente al ISDEMU, como ente rector de las políticas de igualdad, revisar los procesos comunicacionales de las instituciones para que adopten el principio de transversalidad de la Ley de Igualdad, Equidad y Erradicación de la Discriminación contra las Mujeres.
También es necesario fortalecer la capacitación en materia de igualdad de género y poner en marcha protocolos y manuales internos que aseguren el pleno conocimiento y aplicación de las leyes nacionales y convenciones internacionales, en todos los niveles de las instituciones o dependencias del Estado, como muestra de voluntad política y compromiso ético hacia las mujeres salvadoreñas.
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