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Violencia institucional contra autonomía del cuerpo de las mujeres

Violencia institucional contra autonomía del cuerpo de las mujeres

ORMUSA realizó en 2016, una investigación sobre violencia institucional en tres dimensiones de la vida de las mujeres: autonomía política, económica y del cuerpo, con el objetivo de evidenciar las prácticas visibles y sutiles de los agentes del Estado que constituyen violencia institucional en el periodo 2012-2016.

Con relación a la autonomía del cuerpo, resulta preocupante el alto número de funcionarios públicos o agentes del Estado vinculados a hechos de violencia contra las mujeres. De 2012 a junio 2016, la FGR registra 152 víctimas que denunciaron delitos contra la libertad sexual, el 68.4 (106) son miembros de la corporación policial, seguidos de soldados, con el 25.8% (40 y el 5.8% (9) de otros funcionarios, entre ellos: 3 jueces, 2 vigilantes penitenciarios, 2 concejales, 1 alcalde y 1 funcionario público. En el período en estudio fueron imputados por expresiones de violencia contra las mujeres, 50 funcionarios públicos, de los cuales el 74% (37) eran policías, el 14% (7) eran alcaldes, el 10% (5) eran soldados y el 2% (1) diputados. La Inspectoría General de la PNC indica que de enero 2012- marzo 2016, fueron sancionados 171 oficiales de la Policía, el 100% hombres por vulneraciones a derechos sexuales y reproductivos.

Cantidad de funcionarios públicos acusado de delitos contra la libertad sexual, enero 2012-marzo 2016, desagregado por año. (En frecuencias)

Según reporte de la FGR, un total de 27 requerimientos fiscales se registraron durante el periodo en estudio, de 26 funcionarios públicos hombres y uno de una mujer. De los cuales 18 (66.6%) fueron a miembros de la PNC, 4 (14.8%) a soldados, 2 (7.4%) requerimientos fueron emitidos a jueces y similar cantidad a militares y 1 (3.7%) fue a un concejal. Tal como se observa en el siguiente gráfico, nuevamente los miembros de la PNC figuran dentro del personal del Estado señalado por cometer delitos contra la libertad sexual de las mujeres.
b Funcionarios públicos imputados, con requerimientos fiscales por delitos contra la libertad sexual, desagregados por profesión (En frecuencias)

Al examinar los delitos por los que ha sido emitido los requerimientos fiscales, se evidencia que el acoso sexual continúa siendo el delito más cometido por los servidores públicos, con 6 requerimiento emitidos y 7 víctimas. El delito de violación en menor o incapaz se han emitido 5 requerimientos fiscales; por agresión sexual en menor o incapaz agravada se han formulado 4 requerimientos fiscales y similar cantidad reporta el delito de violación. La totalidad de delitos y víctimas se exponen en el siguiente gráfico.

Víctimas y funcionarios públicos con requerimientos fiscales por delitos contra la libertad sexual, desagregados por delitos (en frecuencias)

Según el reglamento de la PNC, la Inspectoría General de la PNC debe de investigar y sancionar las faltas disciplinarias y delitos cometidos por las y los miembros de la corporación policial. Durante el período enero 2012- marzo 2016, fueron sancionados 171 oficiales de la Policía, el 100% hombres. El año que reportó la mayor cantidad de sanciones fue el 2014, con el 25.7% del total de período.

Tal como lo muestra la siguiente tabla, el 34.5% de los derechos violentados fue por expresiones discriminatorias, violentas con contenido sexual, el 25.7% por acoso sexual, el 17% por agresión sexual, el 15.8% por violación, el 4.7% por maltratos o goles que generaron o pueden generar riesgos o daños en la salud sexual y reproductiva de las mujeres, el 1.2% por actuar con negligencia o negar el acceso a las condiciones laborarles y de salud, poniendo el riesgo o peligro la salud sexual y reproductiva de las mujeres, por otro lado, se reportó un caso de feminicidio (0.6%) e igual cantidad de sanciones por agresiones discriminatorias en razón del estado de embarazo de las mujeres.

Derechos sexuales y reproductivos vulnerados por miembros de la PNC, 2012 – marzo 2016, desagregados por año.

En opinión de una funcionaria del Estado entrevistada, la cantidad de miembros de la policial de nivel ejecutivo y superior que han incurrido en violencia sexual, es mayor a la reportada por la Inspectoría de la PNC. El nivel jerárquico del victimario, sirve de método de coacción para que la víctima no ponga la denuncia, o no dé seguimiento a la misma. Eso explicaría, porqué los agentes, quienes forman parte del eslabón de menor poder policial, son quienes han sido más sancionados o investigados en la corporación policial.

Expresiones de violencia contra las mujeres

Según el reporte fiscal, el número de denuncias que llegan a sede fiscal bajo el delito de expresiones de violencia, perpetrados por funcionarios públicos, ha mostrado tendencia al alza, se ha casi cuadriplicado el número de denuncias interpuesta en los primeros 4 años de vigencia del a LEIV, al pasar de 4 mujeres durante el 2012 a 21 al cierre del año 2015, la tendencia durante los primeros tres meses del año 2016, parece indicar que el cierre del año, se mantendrá con similar cantidad de denuncias al de los años anteriores. Es importante destacar este dato, ya que parece indicar que el delito tipificado en la LEIV sí está siendo evidenciado por las mujeres usuarias del sistema público y denunciado a las autoridades pertinentes.

Durante el período en estudio fueron imputados por expresiones de violencia contra las mujeres, 50 funcionarios públicos, de los cuales el 74% (37) de los victimarios eran policías, el 14% (7) eran alcaldes, el 10% (5) eran soldados y el 2% (1) era diputado. Nuevamente, se identifica con mayor frecuencia, como victimario al personal de la cooperación policial.

Funcionarios públicos acusados por el delito de expresiones de violencia contra las mujeres, durante enero 2012 y marzo 2016, desagregado por profesión (En porcentajes)

Seguramente, existen más denuncias contra funcionarios del Estado de las reportadas por la FGR. Muchas denuncias se quedan en los registros de los sindicatos de las instancias gubernamentales y no llegan a ente fiscal. Sin embargo, el registro en la FGR no garantiza la ejecución al debido proceso. La Fiscalía ha mostrado ineficacia al respecto, según un estudio del IUDOP (2014), el 80% de los casos iniciados en sede fiscal, son archivados. La ineficacia fiscal es evidencia de la no garantía de los derechos de la población en general y de las mujeres en particular.

Algunas conclusiones

El estudio exhorta al Estado a realizar una contraloría más exhaustiva sobre su funcionariado para que no ejerza ninguna forma de violencia contra las mujeres; deben crearse protocolos de actuación para sancionar estos delitos y resarcir el daño causado a la mujer agredida; también implica que las y los jueces sean debidamente sensibilizados ante las manifestaciones de violencia contra las mujeres. Igualmente, debería existir dentro de las instancias judiciales un sistema de contraloría al cumplimiento del debido proceso por parte de los jueces y juezas ante estos casos.

En relación con el ámbito administrativo, el Tribunal de Ética Gubernamental comentó que no es razón de su competencia la salvaguarda de los derechos e intereses preguntados a dicho Tribunal con respecto a la investigación de servidores públicos, resulta preocupante que un Tribunal con una función tan relevante, no interprete sistemáticamente la totalidad del ordenamiento jurídico salvadoreño que hace referencia a la protección de derechos de las mujeres.

Con respeto a los casos de aborto espontáneo que puedan experimentar las mujeres, en especial las adolescentes, el análisis de los datos oficiales evidencian que la cantidad de denuncias recibidas por aborto consentido y propio están cargadas de sesgos morales, ya que la FGR solo logró imputar un mínimo de personas. Este hecho, contradice la propuesta de reforma de aumento de penas para el delito de aborto, ya que la cantidad de personas que se imputan no parece representar un índice al alza del cometimiento del delito. Sin embargo, cuando la víctima es una mujer, parece que las reformas de ley no han significado un alza en el número de personas imputadas. Ejemplo de ello es el elevado registro de muertes violentas de mujeres, quienes muestran señales de saña y tortura, pese a que la legislación contempla el delito por feminicidio, aún persiste un pobre registro de este, lo que impide que los culpables paguen la debida condena.

Además, defensoras de derechos humanos que acompañan a mujeres acusadas de aborto, denunciaron acciones de amedrentamiento por parte de personas de la sociedad civil y agentes del Estado, como el ex director de Medicina Legal, según una especialista consultada, sin que se entable una investigación judicial.

Es necesario fortalecer al ISDEMU para la exigencia del cumplimento de la Política Nacional de las Mujeres y de la Política Nacional para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y especialmente, al realizar la contraloría exhaustiva en todas las instituciones del Estado con el fin de garantizar el ejercicio de los derechos de las mujeres libres de estereotipos y patrones culturales sexistas; se requiere también contar con protocolos de actuación y planes de capacitación relacionados con la violencia institucional. Finalmente, mejorar la inversión que realiza el Estado salvadoreño en la lucha contra la violencia hacia las mujeres, ya que únicamente destina el 0.3% ($12,989,730) para programas de prevención de la violencia hacia las mujeres.

La investigación completa puede ser descargada en http://observatoriodeviolencia.ormusa.org/articulos/Violencia_institucional_2016.pdf

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